• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4261/2024
  • Fecha: 11/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en precisar si los rendimientos netos de actividades económicas con un período de generación superior a dos años, y los calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, quedan exceptuados de la reducción contemplada en el artículo 32.1, párrafo primero, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, cuando proceden de una actividad que de forma habitual genera ese tipo de rendimientos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4706/2024
  • Fecha: 11/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en: a) Determinar si resulta aplicable a los rendimientos del trabajo percibidos por los militares españoles que se hallen destinados como integrantes de la Fuerza Provisional de Naciones Unidas en el Líbano (UNIFIL) la exención prevista en el artículo 7, letra p) LIRPF, o, en su caso, la exención total prevista en la Sección 19 de la Convención sobre privilegios e inmunidades de los organismos especializados, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 21 de noviembre de 1947. b) Aclarar si las retribuciones abonadas por el Ministerio de Defensa en una cuenta corriente de un banco establecido en España a un militar español integrante de la Fuerza Provisional de Naciones Unidas en el Líbano (UNIFIL) que operan bajo bandera de las Naciones Unidas, deben entenderse satisfechas por servicios prestados para las Naciones Unidas o, al contrario, se han prestado en un país que tenía la consideración de paraíso fiscal en los años 2017 y 2018, y si esta circunstancia, atendido el carácter obligado del destino encomendado y la finalidad de la exención fiscal, es relevante a efectos de la exclusión de ésta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: MARIA ANTONIA LALLANA DUPLA
  • Nº Recurso: 733/2023
  • Fecha: 10/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente el recurso interpuesto contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo que desestimaba la reclamación económico administrativa contra la liquidación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se invocaba que la transmisión del inmueble que determinaba a juicio de la Administración Tributaria una ganancia patrimonial se había producido no en el citado ejercicio sino previamente en virtud de un acuerdo transaccional homologado judicialmente por lo que la deuda estaría prescrita, que no se trataba de partes vinculadas, por lo que la valoración del bien debe de entenderse como realizada entre partes independientes y por ello correcta, pero la Sala concluye respecto de la fecha de la transmisión que la recurrente no ha conseguido identificar mínimamente cuál fue la causa de la invocada aportación verbal y gratuita, sin fecha concreta, como justo título del dominio adquirido por la sociedad en el año invocado que determinaría la prescripción en el ejercicio cuestionado, siendo por ello imputable la ganancia patrimonial controvertida al referido ejercicio, como así lo entendió la recurrente en su autoliquidación y la misma conclusión se alcanza aplicando las reglas referidas a la falta de pago de la totalidad de la renta. Y en cuanto al valor de la transmisión por tratarse de una operación vinculada, se considera que existe dicha vinculación que no puede ser excluida por la existencia de una controversia judicial, finalmente respecto de la corrección del valor la Sala opta por la valoración efectuada por la Administración Tributaria al no resultar admisible el criterio de la Administración Tributaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS
  • Nº Recurso: 4687/2023
  • Fecha: 10/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducción por maternidad. Deducibilidad de los gastos de custodia cuando han sido abonados a guarderías y no a centros de educación infantil. Allanamiento. Remisión a las sentencias de 8 de enero de 2024 (rec. 2779/2022 y rec. 4995/2022).
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: AGUSTIN PICON PALACIO
  • Nº Recurso: 732/2023
  • Fecha: 06/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente el recurso interpuesto contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional que desestima la reclamación económico-administrativa, referida a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, respecto de la que se discrepa en cuanto al año en que se considera que tuvo lugar la transmisión del inmueble del que deriva el incremento del patrimonio del que se origina la revisión, pero se rechaza la existencia de prescripción, así como se rechaza que se trata de una operación vinculada, pero la Sala concluye que se dan los presupuestos legales para entender que se trata de una operación efectuada entre entidades vinculadas, por lo que se examina si dicha operación se valoró o no de modo diferente al mercado, por lo que en cuanto a la corrección del valor de transmisión, si bien la valoración del contribuyente no puede admitirse para determinar el valor del mercado y tras analizar el informe de valoración de la Inspección que no se considera correcto y si bien el valor a efectos de otros impuestos no produce efectos respecto del valor de mercado de las operaciones entre personas o entidades vinculadas, se concluye aceptando la valoración realizada por otra Administración con carácter subsidiario al considerar inadecuado el informe de Hacienda.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: HUGO JACOBO CALZON MAHIA
  • Nº Recurso: 14/2025
  • Fecha: 06/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la resolución por la que se desestima la reclamación económico administrativa planteada contra la denegación de la devolución de ingresos indebidos respecto de la liquidación por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en la que se cuestiona si una pensión de carácter vitalicio del país de origen del contribuyente, Bulgaria, en virtud del Convenio de aplicación entre ambos Estados debe estar exenta de tributación, considerando la Sala que atendiendo al contenido del Convenio entre España y la República Popular de Bulgaria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y Protocolo que forma parte integrante del mismo, se infiere que las pensiones percibidas por un nacional búlgaro que resida en España han de tributar aquí, con la sola excepción de las que se perciban por los servicios prestados a Bulgaria o alguna de sus subdivisiones políticas o entes locales y siempre que no se haya adquirido la nacionalidad española, por lo que al no constar que se perciba dicha pensión por esas funciones no procede la exención, como tampoco cabe entender que se aplique la exención por rendimientos de trabajo realizados en el extranjero, ya que no se trata de salarios, sino de pensiones.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Palmas de Gran Canaria (Las)
  • Ponente: INMACULADA RODRIGUEZ FALCON
  • Nº Recurso: 310/2024
  • Fecha: 05/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto contra la Resolución del TEAR que anuló parcialmente una liquidación del IRPF pero no reconoció la caducidad del procedimiento de comprobación limitada, por lo que la cuestión litigiosa se limita a determinar si existe caducidad fijando cuál es el momento de inicio del cómputo. Y la Sala tras la revisión de las actuaciones y la jurisprudencia invocada concluye que desde que solicita un dictamen de peritos para verificar el valor del bien, la Administración ha iniciado un procedimiento de comprobación de valores, y en ese momento se deberá notificar la incoación al interesado. Y en este caso la administración pidió el informe en otro procedimiento que había abierto relativo al IRPF del ejercicio precedente y una vez emitido se advirtió que la ganancia patrimonial era imputable al ejercicio siguiente, por lo que abrió un nuevo expediente de comprobación al que se incorpora el informe realizado para el expediente de comprobación precedente, sin que ello determine la caducidad invocada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 4425/2024
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si resulta aplicable la exención prevista en el artículo 7.p) LIRPF a los rendimientos del trabajo percibidos por los empleados del Banco de España durante los días en que se desplacen materialmente fuera del territorio español para realizar trabajos en otros organismos internacionales en los que participa o con los que colabora el Banco de España tales como la Autoridad Bancaria Europea, la Junta Única de Resolución, los Bancos Centrales Nacionales, los supervisores nacionales o autoridades nacionales competentes, trabajos que beneficien al organismo internacional, con independencia de que beneficie asimismo al Banco de España o/y a otra u otras entidades.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO
  • Nº Recurso: 3517/2023
  • Fecha: 04/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sala desestima el recurso de casación interpuesto frente a sentencia desestimatoria del Tribunal Superior de Justicia concluyendo que, en las circunstancias del caso, la facultad de calificación prevista en el artículo 13 LGT ampara la recalificación de determinados rendimientos declarados en el IRPF como provenientes del trabajo, en rendimientos de actividades económicas -con el correspondiente impacto en el régimen de tributación del IVA-, cuando dicha regularización se funda, entre otros elementos, en la ausencia de las notas de ajenidad y dependencia que caracterizan las relaciones laborales, y en no haberse acreditado que los rendimientos obtenidos lo eran por su actuación como administrador de la sociedad. Consecuentemente, en el caso enjuiciado, la potestad prevista en el artículo 13 de la Ley General Tributaria como calificación del negocio, acto o hecho con trascendencia tributaria, es suficiente para declarar las consecuencias tributarias que comportan la regularización llevada a efecto.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PARDO MUÑOZ
  • Nº Recurso: 240/2023
  • Fecha: 02/06/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente el recurso interpuesto contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional, estimatoria en parte de las reclamaciones económico-administrativas presentadas frente a la desestimación del recurso de reposición formulado contra el acuerdo por el que se practicó liquidación provisional relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y frente a la resolución desestimatoria de la reposición formulada contra el acuerdo de imposición de sanción, que se anuló por falta de motivación, siendo la cuestión suscitada la referida la consideración de rentas exentas las dietas percibidas por el contribuyente y se estima parcialmente la pretensión ya que habiéndose admitiendo la existencia de una relación de prestación de servicios en régimen de dependencia y ajeneidad, pese a su condición de administrador, la deducibilidad de los gastos es negada por falta de necesidad de gastos de manutención y dicha necesidad se acredita por lo que se estima el recurso respecto de los gastos específicos de manutención, ya que no corresponde al trabajador acreditar la realidad del gasto, pero no respecto de los de locomoción, que se consideran no exentos.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.